“NO ME ASUSTA LA AMENAZA, PATRONES DE LA MISERIA, LA ESTRELLA DE LA ESPERANZA CONTINUARÁ SIENDO NUESTRA”

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EDITORIALES

En mi país, qué tristeza / la pobreza y el rencor.
Dice mi padre que ya llegará / desde el fondo del tiempo, otro tiempo
y me dice que el sol brillará / sobre un pueblo que él sueña / labrando su verde solar.

Alfredo Zitarrosa, Adagio a mi país.

Como dijo el gran escritor de Cien años de soledad, “la independencia [latinoamericana] del dominio español no nos puso a salvo de la demencia” y es así que hemos venido luchando como un “pueblo sin piernas pero que camina” todos estos años, particularmente, este 2019.

No existe mejor discurso que refleja lo que ha sido, lo que es, lo que ha venido siendo y, esperemos no sea más América Latina, que el discurso que dió Gabriel García Márquez al recibir el Premio Nobel de Literatura en 1982. Por aquella época este brillante literato nos decía que América Latina no tenía ni un instante de sosiego, pues “un presidente prometeico atrincherado en su palacio en llamas murió peleando solo contra todo un ejército, y dos desastres aéreos sospechosos y nunca esclarecidos segaron la vida de otro de corazón generoso, y la de un militar demócrata que había restaurado la dignidad de su pueblo”. Palabras nada lejanas.

Aun ahora, es viable la teoría que nos mencionaba García Márquez sobre la posibilidad de que se pudiera hacer un país “con todos los exiliados y emigrados forzosos de América Latina”, solamente que ahora ese país ya no sería solo uno, sino que quizás hasta 3 países podrían hacerse debido a la situación actual que vive América Latina y que muchos de lxs peruanxs y, en general, latinoamericanxs nos negamos a ver ensimismados en nuestra individualidad y cotidianidad, en nuestra de falta de empatía. No, no somos capaces de salir de nuestro privilegio (o de nuestra miseria) para ver el sufrimiento del otrx, mientras no nos veamos afectados directamente por algún suceso que, abruptamente, nos exija reaccionar.

Siempre hemos pensado en lo difícil que es vernos como una unión conjunta que atravesó por la misma historia, por el mismo saqueo, por la misma miseria y que continúa hoy siendo afectada por los mismos males que fundaron su independencia. Esta dificultad de pensarnos como hermanxs, incluso en nuestro propio país, nos ha jugado infinitamente en contra, ya que no hemos sido capaces de poder trabajar juntos en la mejora como país y como continente. Nuestra incapacidad para vernos como parte de un mismo lugar nos ha pasado factura, tan comparable como la factura que le pasó a los Buendía su incapacidad de amar, llevándolos a la infinita soledad.

Por esta incapacidad es que hemos optado por dejar a agentes externos el futuro de nuestro país y continente, lo que trae como resultado, en palabras de García Márquez, que “la interpretación de nuestra realidad con esquemas ajenos solo contribuye a hacernos cada vez más desconocidos, cada vez menos libres, cada vez más solitarios” (1982). Por eso, “es comprensible que insistan en medirnos con la misma vara con que se miden a sí mismos, sin recordar que los estragos de la vida no son iguales para todos, y que la búsqueda de la identidad propia es tan ardua y sangrienta para nosotros como lo fue para ellos” (García Márquez, 1982). Tanto es así que que nuestro continente ha decidido, y esperemos que no sea un intento fallido, intentar tomar las riendas del destino propio, construir identidad y lograr mejoras en las condiciones de vida. Cueste lo que cueste.

Son innumerables los problemas por los cuales atraviesan nuestros países de América Latina – violencia de género, corrupción, baja calidad en garantizar derechos como salud, educación, etc.- y luchar por solucionar algunos de ellos les brinda la visibilidad que necesitan a tantos otros. Sin embargo, este 2019, en diversos países de nuestro continente, muchos colectivos vieron en su derecho a la protesta una especie de canto universal, un medio para que Latinoamérica pueda tener, por una vez y para siempre, “el derecho de vivir en paz”.

Por ello, hemos creído sumamente relevante que la última editorial del año muestre la situación general de aquellos países latinoamericanos en donde se ejerció masivamente el derecho a la protesta. Advertimos que tanto la lista y la información que presentaremos a continuación es limitada y limitante, pero útil en lo que a insumo de reflexión se refiere para repensarnos como peruanxs y como latinoamericanxs.

Haití o el país olvidado

Sin embargo, frente a la opresión, el saqueo y el abandono, nuestra respuesta es la vida. 

Gabriel García Márquez (1982).

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«Protestas en Haití: cómo las manifestaciones contra el gobierno acabaron en una violenta crisis en el país más pobre de Occidente» (Fuente: BBC).

Cuando pensamos en el orden que debería tener esta editorial, pensamos en el país que menos visibilidad ha tenido no solo a nivel de nuestro país, sino a nivel del continente y del mundo. Así, escogimos empezar por Haití a manera de reivindicación simbólica con el que algunos teóricos del derecho internacional consideran que es un estado fallido.

La crisis en Haití durante el 2019 se plasmó en la exigencia del pueblo para que el presidente Jovenel Moïse renuncie, y tiene origen en la profunda crisis política y económica en la que se encuentra sumido el país desde hace años, lo que en gran medida obedece a los escándalos de corrupción que involucran a las altas esferas del gobierno.

Frente a la negativa de Moïse a dejar el cargo, lxs ciudadanxs de Haití salieron de manera pacífica a protestar, sin embargo, a o largo del año las protestas se fueron tornando violentas debido a la represión policial, que generó el incremento del número de heridos y muertos.

De Haití resaltamos el uso del derecho de protesta por parte de sus ciudadanos para exigir el respeto por sus derechos y la atención de sus necesidades básicas, pese a que el derecho a la protesta no se encuentra contemplado de forma explícita en su Constitución, sino que se desprende de la interpretación del artículo 31, que garantiza “la libertad de reunión y asociación desarmadas con fines políticos, económicos, sociales, culturales o cualquier otro fin pacífico” y del derecho a la libertad de expresión contemplado en el artículo 281, ya que las manifestaciones o protestas son una forma de expresión de nuestros reclamos que requieren ser atendidos con urgencia.

La Colombia del post-acuerdo de paz

En mi país, somos miles y miles, de lágrimas y de fusiles, un puño y un canto vibrante,  una llama encendida, un gigante que grita, adelante.

Alfredo Zitarrosa, Adagio a mi país.

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«Paro nacional en Colombia: cómo se viven las protestas (y qué piden) en algunas de las regiones más descuidadas del país» (Fuente: BBC).

Uno de los países que también tuvo una fuerte movida a finales de este año fue Colombia siendo la cúspide el Paro Nacional ocurrido el 21 de noviembre en todo el país. Los motivos de esta protesta civil se remontan a hechos concretos ocurridos anteriormente, como lo menciona la BBC:

Bombardeo en San Vicente del Caguán – El 5 de noviembre del 2019, el Ejército Colombiano decidió atacar a un grupo de disidentes de las FARC en la zona dando como resultado la muerte de 8 menores de edad que se mencionan no eran parte de la agrupación. Esto sumado con que se menciona que fue un hecho ocultado por el Gobierno Colombiano desató la indignación de la población.

Los niños de la Guajira en Colombia – La zona de La Guajira es una zona extremadamente pobre de Colombia que también fue causa de reproche de los ciudadanos colombianos por el hecho de que el gobierno no se interesa por ellos ya que la mortalidad infantil sigue permaneciendo alta.

Educación gratuita y de calidad – Los estudiantes reclaman que haya una mayor inversión en este sector debido que a pesar de las grandes sumas de dinero, no se ha desarrollado más en mejorar el sistema.[2]

En este país, el Paro Nacional fue un hecho que marcó un antes y un después en la historia colombiana dejando símbolos como el estudiante Dilan Cruz quién murió por un disparo de bala de uno de los policías en la movilización. Sin embargo, ¿es correcto todo lo que está ocurriendo? ¿Es legítimo que la población pueda alzarse de esta manera para reaccionar ante una acción del gobierno?

Según la Constitución Colombiana, en su artículo 37, el “pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho” y en su artículo 107 se garantiza el mismo derecho para las organizaciones sociales “para manifestarse y a participar en eventos políticos”. Como vemos, de manera similar que en el país anterior, si bien el derecho a la protesta no está en estos términos literales, se puede condecir con el derecho de manifestarse pública y pacíficamente, lo cual concretiza el derecho de manera más específica.

El texto normativo es claro, se pueden dar las manifestaciones sea la razón que fuese (no hay prohibición alguna). Así, el Paro Nacional es ejemplo del ejercicio legítimo de este derecho, por ello, la población que se siente dañada con las acciones del Estado mismo decidió reclamar por cuestiones que le son de suma relevancia. Sin embargo, hay posiciones encontradas, por un lado, que el gobierno colombiano actúo correctamente al frenar la violencia que generaron las protestas, mientras que por otro lado, se dice que el mismo gobierno obstaculiza el derecho a la protesta[3].

Como lo menciona Laura Quintana del portal Arcadia:

Este eje de reflexión tiene que ver con la manera en que, por mucho tiempo en Colombia, se ha estigmatizado, perseguido, criminalizado y reprimido la protesta social e incluso cualquier práctica manifiesta de abierto disenso. Y esto ha sido evidente, de nuevo, y quizá de manera más patente, por la enorme convocatoria de las protestas que se han dado ahora, a fines de noviembre [4].

Sin embargo, las noticias colombianas nos muestran un panorama en el que tratan de controlar más o menos cómo debería darse la protesta. Como ellos lo mencionan, para dar seguridad a la población de que no se va a salir de control. Evidentemente que el petitorio es legítimo pues es deber del Estado proteger a sus ciudadanos [5].

El derecho a manifestarse en Colombia no solo está como derecho fundamental, sino que también está regulado de manera indirecta por el código penal quién limita este derecho por las siguientes razones: 1) perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial (Art.353 Cp.); 2) obstrucción a vías públicas que afecten el orden público (Art.353ª), y 3) asonada (Art.469). Así, este código regula de manera general que situaciones no se pueden aceptar en el contexto de una manifestación pacífica, por lo cual “lo que se sanciona es que tal oposición se realice por medio de actos violentos y, en especial, a través del uso de las armas”[6].

Sin embargo, la situación colombiana nos exige ser más críticos en el asunto y ponernos a analizar diversos límites como el más común: Seguridad Ciudadana vs. Ejercicio del Derecho de Protesta. ¿Se pueden quebrar los límites de la No Violencia? ¿Se puede ejercer presión de parte del servicio de policía de un gobierno para controlar un derecho fundamental? ¿Es posible hablar de un quebrantamiento de un supuesto de hecho normativo? Las respuestas son difíciles de hallar y se espera que la situación política pueda calmarse para una mejor convivencia en el país vecino.

Bolivia sin Evo

Tampoco pestañeo cuando te miro, para que te recuerde’ de mi apellido. / La Operación Cóndor invadiendo mi nido, perdono, pero nunca olvido. 

                                                               Calle 13, Latinoamérica.

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«El cuestionado recuento en Bolivia eleva la presión internacional sobre Evo Morales» (Fuente: El País).

En el contexto de las elecciones presidenciales llevadas a cabo el 20 de octubre del 2019 en Bolivia, estalló una fuerte crisis política en el país altiplánico que terminó con tres personas muertas en las manifestaciones y cientos que resultaron heridas. 

¿El motivo? Serias acusaciones de fraude electoral que permitía la reelección del presidente Evo Morales en primera vuelta, incluidas en un informe de la Organización de los Estados Americanos (OEA) donde se señaló que era “improbable estadísticamente” que Morales hubiera obtenido tales resultados [7]. Pese a ello, también hubo importantes manifestaciones a favor de Morales, provenientes de las organizaciones indígenas que lo apoyaron durante casi 14 años de gobierno. 

A pesar de que en un primer momento Morales anunció nuevas elecciones generales y la renovación del Tribunal Supremo Electoral (TSE), el presidente boliviano finalmente renunció “por el bien del país”, bajo el fantasma de un golpe de Estado en su contra.

Con la autoproclamación de la política conservadora Jeanine Añez como presidenta interina (“La Biblia vuelve a entrar a Palacio”) y pese a que la Constitución de 2009 señala que Bolivia es un Estado laico, “independiente de la religión”, se avecina un complejo panorama para la población indígena y, en general, para la población disidente del conservadurismo, véase, población LGTBIQ+, indígenas, etc.

Cabe señalar que a la fecha está vigente en Bolivia una norma penal promulgada hace un año durante el gobierno de Morales que podría aplicarse para criminalizar protestas. Nos referimos al artículo 294 del nuevo Código del Sistema Penal, titulado “Atribuirse los Derechos del Pueblo”, que establece lo siguiente: 

Las personas que formen parte de una fuerza armada o grupos de personas que se atribuyan los derechos del pueblo y pretendan ejercer tales derechos a su nombre serán sancionadas con prisión de dos a cuatro años y, cuando corresponda, inhabilitación (para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo).

Como podemos ver en este rápida pincelada de la situación de Bolivia parece visibilizar, perfectamente, el difícil escenario en el cual se encuentra este país, en el que sus ciudadanos ejercen su derecho a la protesta frente a la amenaza de destrucción de un país que ya se había concebido y aceptado como plurinacional y diverso en su mayoría, y que hoy, más que nunca, tiembla en las manos de un conservadurismo de derecha que atenta contra la esencia misma de este país: SU DIVERSIDAD.

La Argentina de Macri

Basta ya, la vida es nuestro derecho (…), somos uno bajo el cielo (…), es urgente ya no hay tiempo.

Axel y Julieta Díaz, Basta ya.

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«Argentina y una semana marcada por protestas que exigen la emergencia alimentaria» (Fuente: Juan I. Roncoroni / EFE. En France 24).

En la tercera semana de septiembre de 2019, organizaciones sociales, centrales de trabajadores y grupos autoconvocados se movilizaron en Argentina para exigir un plan de emergencia alimentaria ante la devaluación del peso, la alta inflación y el desempleo que caracterizaron al gobierno de Mauricio Macri.

Durante el gobierno macrista, se intentó varias veces reformar el Código Penal para agravar las penas ante manifestaciones públicas de todo tipo, que constituyan “amenazas, daños, abuso de armas y delitos contra la seguridad del tránsito y los medios de transporte”. 

Ya en agosto del 2016, el reconocido constitucionalista y teórico argentino en materia de protesta social, Roberto Gargarella, participó como amicus ante la Justicia Federal, en el marco de la causa originada en la Justicia Federal de San Martín tras la feroz represión de la Gendarmería Nacional durante las manifestaciones de los despedidos por la multinacional Lear, que tuvo lugar entre 2014 y 2015[8].

Finalmente, debemos resaltar que últimamente han rebrotado conflictos socioambientales y manifestaciones con relación a estas  debido a que en este país las explotaciones mineras ha sido muy cuestionadas, sobre todo, aquellas relacionadas con la mega minería a cielo abierto, las mismas que años atrás habían sido cuestionadas por gran parte de la población.

La ya conocida crisis de Venezuela

Que el canto tiene sentido, cuando palpita en las venas / del que morirá cantando las verdades verdaderas, / no las lisonjas fugaces ni las famas extranjeras / sino el canto de una lonja / hasta el fondo de la tierra.

Victor Jara, Manifiesto.

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“La CIDH exige permitir el derecho a la protesta en Venezuela” (Fuente: El Tiempo Latino: Washington DC).

En Venezuela, los derechos en los cuales se basa el derecho a la protesta, como son la libre expresión y la libertad de reunión, se encuentran reconocidos en el artículo 53 y 57 respectivamente de la Constitución de la República Boliviana de Venezuela de 1999. Asimismo, en el caso especifico del derecho a la protesta, esta se encuentra reconocida en el artículo 68 con el siguiente texto: «los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley». Además, se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas, así como la ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público.

Asimismo, se emitió la número 276 del 24 de abril de 2014 del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional sobre la limitación legal que establece al final del primer párrafo del artículo 68. Se señala la necesidad de notificar la manifestación a la autoridad como requisito para su licitud, caso contrario, se afecta de forma absoluta al derecho:

La autorización emanada de la primera autoridad civil de la jurisdicción de acuerdo a los términos de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, constituye un requisito de carácter legal, cuyo incumplimiento limita de forma absoluta el derecho a la manifestación pacífica, impidiendo así la realización de cualquier tipo de reunión o manifestación. Por lo tanto, cualquier concentración, manifestación o reunión pública que no cuente con el aval previo de la autorización por parte de la respectiva autoridad competente para ello, podrá dar lugar a que los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público a los fines de asegurar el derecho al libre tránsito y otros derechos constitucionales (como por ejemplo, el derecho al acceso a un instituto de salud, derecho a la vida e integridad física), actúen dispersando dichas concentraciones con el uso de los mecanismos más adecuados para ello, en el marco de lo dispuesto en la Constitución y el orden jurídico. (lo subrayado es nuestro). [9]

Por tanto, en aquellos casos donde la manifestación, o bien no haya sido notificada adecuadamente, o no haya seguido los requisitos de carácter legar que exige la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, se considerará como ilícita y permite la intervención de cuerpos policial para dispersarla.

La Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas, y Manifestaciones decretada por el Congreso de la República de Venezuela por medio de Gaceta Oficial de la República de Venezuela (Caracas Viernes 30 de abril de 1965 Número 27.725); regula en su Capitulo I, Titulo II lo relativo a las Reuniones Publicas y Manifestaciones. Es así que el artículo 38. Precisa que:

– Los organizadores de reuniones públicas o manifestaciones deberán participarlo con veinticuatro horas de anticipación cuando menos, por escritos duplicado, en horas hábiles, a la primera autoridad civil de la jurisdicción con indicación del lugar o itinerario escogido, día, hora y objeto general que se persiga.
– Las autoridades en el mismo acto del recibo de la participación deberán estampar en el ejemplar que entregan a los organizadores, la aceptación del sitio o itinerario y hora. (la negrita es nuestra)

Edison Lanza[10] haciendo uso del informe “Situación de derechos humanos en Venezuela” manifestó que el Gobierno de Venezuela estaría restringiendo el derecho de a la protesta y la libertad de expresión, señalando como ejemplo al artículo 38 de la ley antes mencionada (Castro 2018)[11]No obstante, debemos recalcar que la situación actual en Venezuela, a pesar de las fuertes manifestaciones en años anteriores, en comparación con los demás países, las actuales protestas son menores y menos oídas. ¿Qué paso? El BBC investigó lo que podría estar ocurriendo:

Sabana Grande, en el centro de Caracas, era una de las zonas por las que debía discurrir la caravana opositora convocada por Guaidó para el sábado.

Una de sus partidarias, la profesora jubilada Zuleyma Castro, explicó allí por qué cree que cada vez menos gente le sigue.

«Los meses que se gastaron en negociar con el gobierno le han restado fuerza», indica a la entrada de un centro comercial en el que hay muchos más policías que manifestantes. (Olmo 2019)[11].

Esta es uno de los testimonios que se muestran y explican que, debido a una última negociación fallida con el gobierno, surgieron divisiones en la propia oposición del gobierno, lo cual llega a ser una razón fundamental de la disminución de protestas. No obstante, también agrega otros factores como la disminución de apoyo a Guaidó, las fuertes represalias por parte de la policía, la prioridad de algunos por tratar de conseguir el sustento básico, entre otros; que influyen en los esfuerzos de manifestación que aún se tratan de mantener en el país y; más aun con la normativa actual sobre la protesta, que está tan limitada a la decisión de las autoridades, que hace más difícil que los ciudadanos venezolanos puedan realmente protestar por sus derechos o por un cambio en su gobierno.

Las graves violaciones de derechos humanos en Chile

Tomo el martillo y a golpear. / Con el trabajo hay que triunfar. / Con nuestra fuerza y unidad. / Pueblo de Chile avanzará.

Victor Jara, Marcha de los trabajadores de la construcción.

"Protestar es un derecho": Secundarios se manifiestan contra Aula Segura en el día que los diputados dan inicio a la discusión
«»Protestar es un derecho»: Secundarios se manifiestan contra Aula Segura en el día que los diputados dan inicio a la discusión» (Fuente: Publimetro).

Catorce de octubre de 2019: el día de la visibilización. Fue la fecha en la que estudiantes y universitarios se organizaron para evadir masivamente el pasaje de metro en Santiago de Chile. Para el 18 de octubre, las protestas fueron escalando hasta la suspensión del servicio y la policía chilena empezó a repeler con gases lacrimógenos. Rápidamente, gracias a las redes sociales, la noticia fue tomando visibilización y ya era de conocimiento en muchos países alrededor de todo mundo. El Gobierno chileno había decidido subir el pasaje en 30 pesos chilenos[13]. Aparentemente para muchos una razón de protesta ínfima, “¿pero todo esto por 30 pesos?” comentaban algunos. No, dicho acontecimiento solo fue la gota que derramó el vaso. 

Para entender de raíz tenemos que remitirnos a los orígenes de la Constitución chilena. Esta fue promulgada en el marco del régimen militar de Pinochet y, por lo tanto, para muchos tiene una fuerte carga de ilegitimidad [14]. Lo que se evoca es que, si bien fue modificada sustancialmente en 1989 y en 2005, el modelo estipulado originalmente ha arraigado hasta la actualidad un marcado estado de desigualdad, con el establecimiento de enclaves autoritarios que hace casi imposible hacer reformas. Estamos, entonces, ante un círculo vicioso. Este podría indicarse que es el origen y que ha provocado distintas manifestaciones y protestas por derechos y ¡servicios básicos de calidad!,  como salud, educación, sistema de pensiones, transporte público, entre otros.

En todo este marco, si bien a nivel constitucional chileno “no existe una norma que explícitamente reconozca el derecho a la protesta”, a partir de disposiciones constitucionales (artículo 4, 5, 19.12, 19.132, 19.26 y 20 de la Constitución de Chile) y normas internacionales, la protesta es reconocida como un derecho. Sin embargo,  Desde que comenzaron las manifestaciones y hasta el 21 de noviembre, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó ante el Ministerio Público 442 querellas en representación de víctimas de presuntas lesiones, tratos crueles, torturas, abusos sexuales, homicidios y tentativas de homicidios atribuibles a fuerzas de seguridad”. ¿Qué hizo el Gobierno chileno?: admitir las violaciones de derechos humanos en las protestas. Esto ocurrió en noviembre, pero ¿basta solo ello? El viernes 20 de diciembre una tanqueta de los Carabineros, la policía chilena, embistió a uno de los manifestantes, aplastándolo contra otro de los vehículos policiales. ¿Se están tomando acciones para parar con las violaciones de derechos humanos? Al parecer no. 

Y por mas crudo que nos suene esto, es muy necesario reflexionar por medio de las palabras del conocido jurista Claudio Nash ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el 174 periodo de sesiones, luego de haber acontecido los hechos relatados: 

«La dictadura militar chilena quedó marcada por el uso de las desapariciones forzadas como un instrumento de terror. Este gobierno pasará a la historia por los cientos de jóvenes que vivirán con mutilaciones oculares como consecuencia de la violencia opresiva (…) Estamos hablando del terror instalado como práctica sancionatoria y atemorizante, desde la antigüedad que la humanidad no veía un uso semejante de la ceguera como instrumento para callar a la ciudadanía». 

Ecuador y las protestas que parecen silenciosas

Dice mi pueblo que puede leer en su mano de obrero el destino y que no hay adivino ni rey que le pueda marcar el camino que va a recorrer.

Alfredo Zitarrosa, Adagio a mi país.

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«Crisis en Ecuador: continúan las protestas mientras el gobierno y el movimiento indígena se preparan para dialogar este domingo» (Fuente: BBC).

El 1 de octubre por la noche, el presidente ecuatoriano Lenin Moreno anunció por medio de un mensaje a la nación una serie de medidas económicas encaminadas a la reactivación económica del país y la liberalización de las modalidades de contratación laboral. Detrás de dichas medidas no se encontraban solo los estudios realizados por los órganos estatales del Ecuador sino muchas de las solicitudes planteadas por diversas instituciones financieras internacionales, entre ellas el Fondo Monetario Internacional. La línea de crédito aperturada en favor del país evidentemente debía recibir algún nivel de aseguramiento que solo se lograría con la adopción de reformas importantes como el fin de los subsidios en combustibles y la reducción del aparato burocrático nacional.

El anuncio de estas medidas claramente generó disconformidad en partes de la población principalmente el sector transportista, los sindicatos y las organizaciones indígenas quienes iniciaron movilizaciones a lo largo del país y dentro de la capital con la esperanza de que el gobierno de marcha atrás en la adopción de las mismas, pues las consideraban lesivas de derechos laborales ante la cesación masiva y que propiciaba la formación de un escenario liberal restrictivo de derechos sociales en aras de congraciarse con los financistas internacionales.

Independientemente de la justicia o no del reclamo de los miles de ciudadanos y ciudadanas ecuatorianas que protestaron a lo largo del vecino país, lo cierto es que encontraron dos reacciones que buscaron debilitar su postura: la invisibilización de la protesta por parte de la mayoría de los medios de comunicación y la represión violenta que ejercieron las fuerzas policiales bajo órdenes del gobierno y con el silencio cómplice de los medios antes mencionados.

Dentro de la Constitución ecuatoriana no se hace mención expresa del derecho a la protesta, pero su contenido se reconoce a través de la exteriorización libre de las opiniones políticas y el derecho a participar de la vida política del país. Estos se reconocen no solo a través de la ratificación de diversos instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos, sino del contenido propio de la norma fundamental del Ecuador. La misma reconoce como un derecho la posibilidad de opinar y expresar los pensamientos propios y colectivos de forma libre y por diversos medios, pero la protección no termina ahí. A diferencia de otros textos constitucionales de la región, se reconoce en su art. 98° de forma bastante amplia el derecho de los ciudadanos y ciudadanas (sea individualmente o agrupadas) de resistirse ante las acciones del poder público o privado que vulnere sus derechos constitucionales.

Siendo ese el caso, queda preguntarnos ¿por qué las movilizaciones en Ecuador encontraron una respuesta tan represiva? Como es común en la región, tal como nos indica Salazar, “el derecho penal ha sido utilizado con demasiada frecuencia para restringir estos derechos a través de la iniciación de juicios penales y la imposición de penas privativas de la libertad para las personas que utilizan la protesta como medio de expresión” (Salazar, p. 104). En las movilizaciones del mes de octubre presenciamos entonces las dos caras del control estatal. Por un lado, disolver las concentraciones masivas por el uso de la fuerza, lo que se evidencia en los más de 1300 heridos y 8 fallecidos que se estiman de acuerdo a lo indicado por la Defensoría del Pueblo. Luego de emplear medidas excesivas para despejar las calles de manifestantes, se empleo la ley para detener a más de 1000 personas y ponerlas a disposición de las autoridades del sistema de justicia para las acusaciones fiscales pertinentes, para así volver a generar miedo ante futuras manifestaciones (una práctica particularmente común en Ecuador). Sin embargo, lo que nos muestran estas protestas y las que hemos comentado en Latinoamérica es que una vez que el vaso de la indignación se llena, el desborde de la ciudadanía es impostergable.

Perú: ricas montañas y hermosas tierras

Soy, soy lo que dejaron. / Soy toda la sobra de lo que se robaron. / Un pueblo escondido en la cima. / Mi piel es de cuero, por eso aguanta cualquier clima.

Calle 13, Latinoamérica.

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«Muñoz: PNP está preparada para protesta en Metropolitano» (Fuente: Publimetro).

Finalmente, llegamos al último país que nos hemos encaminado a describir, brevemente, en relación al derecho a la propuesta y es nuestro querido Perú. ¿Qué decir sobre nuestro país? En principio que no ha tenido la capacidad de reacción, congregación y manifestación que si la han tenido los demás países, pero que ello no es óbice para pensar que aquí nos encontramos en la epítome de la perfección. No, no es así y nos tememos que no lo será por mucho tiempo aun, ya que como decía Vallejo replanteado por Legarde, «hay hermanos y hermanas muchísimo por hacer».

En nuestro país, constitucionalmente, tampoco encontramos el derecho a la protesta estipulado de manera específica, sin embargo, en el artículo 2, inciso 12, de la Constitución se establece que todas las personas tienen derecho «a reunirse pacíficamente sin armas. Las reuniones en locales privados o abiertos al público no requieren aviso previo. Las que se convocan en plazas y vías públicas exigen anuncio anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o de sanidad públicas”.

Así, como vemos, nuestro reconocimiento constitucional del derecho a la protesta tiene una redacción similar al de algunos otros países Latinoamericanos que hemos descrito en la presente editorial. Sin embargo, sin perjuicio del reconocimiento constitucional del derecho a la protesta, como en los demás casos expuestos, este derecho es vulnerado por las intervenciones de los cuerpos policiales a pesar de tratarse de protestas pacíficas. No obstante, las protestas llegaron a retumbar las calles. 

Recordemos pues que nuestro 2019 empezó con un clima de protestas y manifestaciones en contra de la corrupción, las cuales tuvieron como epítome a los reclamos de la ciudadanía en contra del ex fiscal de la Nación Pedro Chavarry, debido a los escándalos de corrupción en los cuales se había visto envuelto de la mano con varios magistrados más, así como a la indignación del pueblo por los casos de violación en los cuales se había cruzado la corrupción. Fue indignante para lxs peruanxs escuchar las negociaciones turbias en casos de violación, realmente repugnante y digno de un reclamo de la ciudadanía mediante las manifestaciones. Obviamente, la represión de estos días por parte de las fuerzas estatales fue de esperar.

Sin embargo, después de lo mencionado y de aquella fechas que fueron masivas, pareciera que el panorama se hubiese tranquilizado en nuestro país, no porque no existieran problemas, sino porque no nos proponíamos a reclamar soluciones. Sin perjuicio de ello, hacia el final de este año, presenciamos una curiosa pero alentadora manifestación de parte de un grupo de estudiantes denominados «secundaria combativa», quienes reclamaban el alza de los costos del pasaje escolar del Metropolitano, reclamo al cual se sumaron otros requerimientos. Casos así nos dan esperanza de que las cosas pueden cambiar y que, más temprano que tarde, las personas estamos empezando a reaccionar.  

Finalmente, y aunque nos desinformen y no nos duela porque no sucede en Lima, ya que el Perú es un país centralista, no podemos invisibilizar las constantes protestas ocurridas en las ciudades denominadas como «mineras», pues en las mismas, las poblaciones afectadas por los proyectos mineros se oponen a los mismos o exigen, al Estado, de ciertas condiciones para asegurar su calidad de vida y la reducción de los riesgos al mínimo para ellos. Esta protestas no pueden olvidarse debido a que, como en los casos de Tía María, se encuentran basadas en conflictos socioambientales latentes y demandas por la afectación de derechos de los pueblos afectados, que en muchos casos coincide con pueblos indígenas. Por ello, estas poblaciones luchan, precisamente, para que se les escuche.


Ahora bien, una vez que hemos mostrado someramente la situación que nos presenta nuestra América Latina y que, debemos reconocer, sigue siendo la misma desde hace algunos varios decenios, queremos llamar a la reflexión porque creemos que “América Latina no quiere ni tiene por qué ser un alfil sin albedrío, ni tiene nada de quimérico que sus designios de independencia y originalidad se conviertan en una aspiración occidental”(García Márquez, 1982). Por ello, debemos esforzarnos, por más quimérico que parezca, en plantear soluciones acordes para nuestros países y para nuestro continente. No podemos, ni debemos, quedarnos inertes ante este escenario, debemos ser todxs, desde nuestros privilegios, agentes de cambio; pero, primero, agentes de lucha.

Que no se nos niegue nuestra posibilidad de cambio social continental por más difícil que parezca “¿Por qué pensar que la justicia social que los europeos de avanzada tratan de imponer en sus países no puede ser también un objetivo latinoamericano con métodos distintos en condiciones diferentes?” (García Márquez, 1982). Quizás, porque “la violencia y el dolor desmesurados de nuestra historia son el resultado de injusticias seculares y amarguras sin cuento” (García Márquez, 1982). Sin embargo, si nos es posible vivir ya no más “a merced de los dos grandes dueños del mundo” (García Márquez, 1982).

Así como los inventores de fábulas de los cuales hablaba García Márquez, nosotros también lo creemos todo y “nos sentimos con el derecho de creer que todavía no es demasiado tarde para emprender la creación de la utopía contraria” (1982) que nos lleve a la grandeza no sólo como país, sino como continente, en donde todos nuestros derechos se hagan posibles:

Una nueva y arrasadora utopía de la vida, donde nadie pueda decidir por otros hasta la forma de morir, donde de veras sea cierto el amor y sea posible la felicidad, y donde las estirpes condenadas a cien años de soledad tengan por fin y para siempre una segunda oportunidad sobre la tierra (García Márquez, 1982).

Una utopía donde a través de nuestro derecho a protestar podamos canalizar pacíficamente nuestros reclamos para ejercer nuestros derechos plenamente, en donde podamos ser un nuevo continente lleno de paz y felicidad. Y donde ya no seamos jamás condenados a nuestro destino, sino forjadores de un nuevo futuro y camino para todos nosotros y para las futuras generaciones, porque se los debemos y nos lo merecemos, porque estamos despertando y estamos luchando, como diría Calle 13, “somos un pueblo sin piernas pero que camina”.

Referencias:

[1] Constitución Política de Haití, “Artículo 28 – Todo haitiano tiene derecho a expresar sus opiniones libremente sobre cualquier asunto por cualquier medio que elija”.

[2] Boris Miranda. Paro nacional en Colombia: cómo se viven las protestas (y qué piden) en algunas de las regiones más descuidadas del país. BBC News Mundo. Consultado en: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-50606535

BBC News Mundo. ¿Qué provocó la ola de protestas en Colombia?. BBC Mundo. Consultado en: https://www.youtube.com/watch?v=rmK7HdMWCuQ 

[3] Telesur. Cronología del paro nacional colombiano. 29 de noviembre de 2019. Consultado en: https://www.telesurtv.net/news/colombia-paro-nacional-semana-cronologia-20191129-0005.html

[4] Laura Quintana. Sobre el derecho a la protesta y los peligros de su estigmatización. 29 de noviembre de 2019. Consultado en: https://www.revistaarcadia.com/agenda/articulo/sobre-el-derecho-a-la-protesta-y-los-peligros-de-su-estigmatizacion/79217

[5] Diana Cabrera. Regular la protesta social justifica acciones violentas del Esmad: Comité del Paro Uno de los puntos del pliego de peticiones de los líderes de la protesta es el desmonte del Esmad. 11 de diciembre de 2019. Consultado en: https://www.lafm.com.co/colombia/regular-la-protesta-social-justifica-acciones-violentas-del-esmad-comite-del-paro

[6] María Victoria Llorente. ¿Cómo se rige la protesta pacífica en Colombia? El ejercicio y la garantía de un derecho fundamental. Consultado en: http://ideaspaz.org/media/website/FIP_potesta_social_mj.pdf

[7] Organización de Estados Americanos. Análisis de Integridad Electoral. Elecciones Generales en el Estado Plurinacional de Bolivia. 20 de octubre de 2019. INFORME FINAL. http://www.oas.org/es/sap/deco/Informe-Bolivia-2019/0.1%20Informe%20Final%20-%20Analisis%20de%20Integridad%20Electoral%20Bolivia%202019%20(OSG).pdf Consultado el 23 de dciembre de 2019.

[8] “Causa Lear: Roberto Gargarella se presentó como “Amicus” en favor de los trabajadores”. La Izquierda Diario. http://www.laizquierdadiario.com/Causa-Lear-Roberto-Gargarella-se-presento-como-Amicus-en-favor-de-los-trabajadores Consulta: 23 de diciembre de 2019.

[9] Manzo, G. (2017). SOBRE EL DERECHO A LA PROTESTA. Novum Jus: Revista Especializada en Sociología Jurídica y Política, 12(1), 17-55. Recuperado el 23 diciembre 2019, de https://editorial.ucatolica.edu.co/index.php/Juridica/article/view/1964/1769 

[10] Relator de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el marco del foro “Comunicar en Venezuela”, organizado por Espacio Público y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) celebrado el 15 de mayo de 2018. (Castro 2018).

[11] Castro, S. (2018). CIDH: En Venezuela están restringidos el derecho a la protesta y a la libertad de expresión. Recuperado el 23 diciembre 2019, de https://cronica.uno/cidh-en venezuela-restringidos-derecho-a-la-protesta-libertad-de-expresion/

[12] Olmo, G. (2019). Por qué en Venezuela se protesta ahora menos que en otros países de América Latina. BBC. Recuperado el 23 diciembre 2019, de https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-50448929 

[13] Made for minds. La cronología del estallido social de Chile. Consultado en: https://www.dw.com/es/la-cronolog%C3%ADa-del-estallido-social-de-chile/a-51407726

[14] Mar Pichel. Protestas en Chile: por qué es tan polémica la Constitución chilena que ahora buscan cambiar. BBC News Mundo. 11 noviembre 2019. Consultado en: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-50381118

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